110 becas integrales
Convocatoria 2024
Para que peruanos pertenecientes a pueblos indígenas u originarios ubicados en 25 distritos de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto, accedan, permanezcan y culminen cursos de capacitación.
Sobre la beca
- La postulación presencial la realiza el postulante ante el APU, presidente, cacique de la comunidad, o al representante de la organización o federación indígena o representante del Pronabec.
- Esta persona entrega la documentación al personal de la Subdirección de Coordinación y Cooperación Regional de Loreto del Pronabec, que estará a cargo de la postulación virtual, porque se toman en cuenta las dificultades de acceso a internet en el ámbito de la beca.
- La lista de instituciones de educación superior, sedes y cursos de capacitación elegibles puede ampliarse hasta 5 días calendario antes de la fecha de término de la fase de postulación presencial (19 de julio de 2024).
- Los cursos de capacitación elegibles son únicamente aquellos cuyo régimen de estudios se desarrolla en la modalidad presencial, por un periodo de duración de hasta 6 meses y con un máximo de 600 horas pedagógicas, durante los años 2024 y 2025.
Cronograma
ETAPA DE SELECCIÓN
Postulación presencial: del 29/4/2024 al 24/7/2024
Postulación virtual: del 6/5/2024 al 30/7/2024
Subsanación de la postulación: del 24/7/2024 al 16/8/2024
Publicación de seleccionados/as: 29/8/2024
Aceptación de la beca: del 2/9/2024 al 17/9/2024
Publicación de la lista de becarios/as: desde el 4/9/2024
Postulación presencial
del 29/4/2024 al 24/7/2024
Postulación virtual
del 6/5/2024 al 30/7/2024
Subsanación de la postulación
del 24/7/2024 al 16/8/2024
Publicación de seleccionados/as
29/8/2024
Aceptación de la beca
del 2/9/2024 al 17/9/2024
Publicación de lista de becarios/as
desde el 4/9/2024
Beneficios
- Alimentación
- Matrícula
- Pensiones de estudios
- Alojamiento
- Materiales de estudio
- Movilidad local
- Útiles de escritorio
- Transporte interprovincial
- Certificado emitido por la IES al culminar satisfactoriamente los estudios
Requisitos
- Tener nacionalidad peruana
- Tener como mínimo 18 años de edad a la fecha de aprobación de las presentes bases (22 de abril de 2024). No hay límite de edad para postular.
- Pertenecer a pueblos indígenas u originarios ubicadas en los distritos que comprende el Plan de Cierre de Brechas para la población del ámbito petrolero de las provincias de Datem del Marañón, Loreto, Alto Amazonas, Requena y Maynas, del departamento de Loreto
- Acreditar estudios de educación básica: primaria o secundaria, completa o incompleta, en una Institución de Educación Básica Regular, Alternativa o Especial, reconocida por el Ministerio de Educación
- Haber sido admitido por una institución de educación superior, sede y curso de capacitación, elegibles por el concurso
- Presentar Formatos y Declaraciones Juradas establecidas en las bases del concurso
Condiciones priorizables
Estas condiciones no son obligatorias para postular al concurso, pero serán consideradas con puntos adicionales durante la postulación:
- Víctima de la violencia ocurrida en el país durante los años 1980 y 2000
- Persona con discapacidad
- Menor nivel educativo alcanzado
- Bomberos activos e hijos de bomberos
- Voluntarios
- Antecedente de situación de desprotección familiar o situación de abandono o situación de riesgo de desprotección familiar
- Licenciado del Servicio Militar Voluntario (que acredite haber servido como mínimo 12 meses)
Impedimentos para postular
- Haber sido adjudicado con una beca o haber recibido el beneficio de una beca que subvencione el Estado, para el mismo nivel de estudios
- Haber renunciado a una beca que canalice, gestione y/o subvencione el Pronabec, para el mismo nivel de estudios, de conformidad con los artículos 33 y 35 del Reglamento de la Ley N° 29837, Ley de creación del Pronabec
- Haber perdido una beca o crédito que canalice, gestione y/o subvencione el Pronabec, para el mismo nivel de estudios, de conformidad con los artículos 34, 35 y 48 del Reglamento de la Ley N° 29837, Ley de creación del Pronabec
- Haber falseado información socioeconómica y/o académica para hacerse acreedor o continuar con una beca u obtener un crédito que canalice, gestione y/o subvencione el Pronabec
- Mantener deudas actualmente exigibles por el Gobierno peruano, derivadas de su condición de becario/a o por créditos educativos otorgados por el Ministerio de Educación conforme lo establecido en la normatividad vigente.
- Tener pendiente el cumplimiento del Compromiso de Servicio al Perú, conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29837, o su acreditación.
- Estar postulando a otra beca o crédito educativo que canalice, gestione o subvencione el Pronabec para el mismo nivel de estudios. Este impedimento se verifica solo en la Fase de Validación y Subsanación de la postulación.
- Ser servidor/a público/a o brindar servicios en el PRONABEC, cualquiera sea el régimen. Dicho impedimento se mantiene hasta 1 (un) año después de haber ejercido o cesado tal función o servicio, según corresponda
- Otros
Bases y resoluciones
- RDE n.º 30-2024 – Bases del concurso
- RJ n.° 225-2024 – Primera lista de instituciones, sedes y cursos de capacitación elegibles
- RJ n.° 287-2024 – Segunda lista de instituciones, sedes y cursos de capacitación elegibles
- RJ n.° 1174-2024 – Resultados de la Etapa de asignación de puntajes y selección
- RJ n.° 1312-2024 – Relación de becarios y postulantes no aceptantes
- RJ n.° 1442-2024 – Habilitación del Módulo de aceptación de beca del Concurso
- RJ n.° 1533-2024 – Segunda relación de becarios, relación de no aceptantes y modificación de anexo